Patricia Oliart

Guía para el uso del lenguaje inclusivo. Si no me nombras, no existo. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, 2012.

 

El uso del lenguaje incluso es un tema polémico. ¿Es realmente necesario mencionar a “todos y todas” en todo momento? ¿No es algo engorroso para el uso cotidiano del castellano? Estas y otras preguntas son abordadas en esta Guía, elaborada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. En ella encontramos estrategias para un uso del lenguaje no sexista, un lenguaje que visibilice la existencia de las mujeres en la sociedad.  Esta guía entonces brinda información concreta sobre cómo cumplir con el Artículo 4 de la Ley de Igualdad de Oportunidades (LIO, Ley 28983), que establece que las comunicaciones dentro del sector público deben elaborarse con un lenguaje inclusivo.

Patricia Oliart

Conceptos fundamentales para la Transversalización del Enfoque de Género. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, 2012.

 ¿Qué se entiende por género? ¿En qué se diferencia del sexo? ¿Qué es el enfoque de género? ¿Qué son brechas de género? En el contexto actual que vive el país, la palabra género ha sido interpretada desde diferentes posiciones. ¿Cuál es la postura que ha definido el Estado peruano frente a este y otros importantes conceptos? En este documento se presenta un marco conceptual, elaborado por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. El texto tiene el propósito de socializar (dar a conocer) estos conceptos a fin de que podamos acercarnos a ellos, diferenciarlos y utilizarlos adecuadamente en el marco de las acciones que desarrollamos acciones en el sector público, incluyendo por supuesto las que realizamos los y las docentes que trabajamos en el sector público.

Patricia Oliart

Ley de Igualdad de Oportunidades (LIO, Ley 28983)

 

La LIO establece la necesidad de implementar políticas públicas bajo una perspectiva de género en el país. En ella encontramos una importante definición: la discriminación basada en el sexo, es decir, la discriminación que se hace contra una persona en base a que ésta sea identificada como hombre o mujer. La LIO tiene por objetivo “establecer el Marco Normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la discriminación en todas las esferas de su vida pública y privada, propendiendo a la plena igualdad” (LIO, Ley 28983, Artículo 1). Esta Ley, además, establece obligaciones para diferentes niveles de gobierno, incluyendo al sector educativo.

Patricia Oliart

Plan Nacional Contra la Violencia de Género 2016 – 2021. Decreto Supremo Nro. 008-2016-MIMP, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, 2016

El Plan Nacional contra la Violencia de Género tiene por objetivo “cambiar patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia de género, que afecta desproporcionadamente a las mujeres en su diversidad (entre ellas las niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores; mujeres indígenas, afrodescendientes y mestizas; mujeres urbanas y rurales; mujeres heterosexuales, lesbianas, bisexuales y trans; mujeres con discapacidad; mujeres migrantes; mujeres viviendo con VIH, mujeres en prostitución y mujeres privadas de libertad), en la familia, sociedad e instituciones públicas y privadas” (Objetivo Estratégico). Como puede verse, el sector educativo resulta clave en el logro de este objetivo.

Patricia Oliart

Plan Nacional de Igualdad de Género – PLANIG 2012-2017. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, 2012.

El Plan Nacional de Igualdad de Género – PLANIG 2012-2017 fue diseñado bajo el paraguas normativo de la Ley de Igualdad de Oportunidades (LIO, Ley 28983). Entre otras cosas, el PLANIG nos brinda un marco conceptual (definición) de cómo entender la igualdad de género a nivel de las políticas públicas del país –incluyendo las políticas educativas. En este documento además se especifica cuál es la diferencia entre igualdad y equidad de género, teniendo en cuenta los compromisos normativos asumidos por el Estado peruano en convenios internacionales. (Leer especialmente las páginas 16 a 21).